¿Si una empresa cierra, el dueño puede recibir beneficios de desempleo?

Las leyes con respecto al seguro de desempleo varía según el estado. En algunos estados, incluso los dueños de empresas pueden cobrar la compensación por desempleo. Si no estás seguro si puedes solicitar los beneficios, contacta a la oficina estatales de empleo local para mayor información. Las oficinas estatales de empleo pueden tener diferentes nombres, pero los servicios disponibles son los mismos.

Elegibilidad

En la mayoría de los estados, para poder ser elegible para los beneficios de desempleo una persona tiene que cumplir ciertos requisitos. Debes estar físicamente capacitado para trabajar, disponible para trabajar en un empleo a tiempo completo, buscando empleo activamente y desempleado por causas ajenas a tu voluntad. Debes reportar a la oficina de servicio de desempleo local y completar semanal o bisemanalmente formularios de solicitud como se requiera. A pesar de cumplir estos criterios, las personas que trabajan por cuenta propia que poseen pequeñas empresas pueden no calificar para los beneficios. Tu oficina de empleo estatal determinará si tienes derecho a presentar una solicitud de seguro de desempleo.

Empresa individual

Generalmente, si eres el único propietario de una empresa, no se te requiere que pagues el impuesto de seguro de desempleo. Sin embargo, si no contribuyes a tu fondo de seguro de desempleo estatal, no serás elegible para recibir beneficios de desempleo en el caso de que tu empresa cierre. A los propietarios individuales se les requiere que paguen un impuesto estatal al seguro de desempleo para los empleados.

Ganar un sueldo

Como dueño de la empresa, puedes calificar para los beneficios del seguro de desempleo si te pagas a ti mismo un salario o sueldo además de recibir dividendos. Si tienes un cheque de pago regular junto con los otros empleados de la empresa, debes retener el impuesto a la renta, seguro social, Medicare e impuesto de seguro de desempleo de tus ganancias. El problema es que aunque los dueños de las pequeñas empresas estén trabajando, muchos no pueden permitirse pagarse a sí mismos un salario. Mientras que no tienen ganancias de sueldo, técnicamente no son desempleados, y por lo tanto, no pueden recaudar los beneficios de desempleo. Incluso si te pagas a ti mismo un sueldo, deberías cerrar la empresa por culpa ajena a tu decisión para calificar como desempleo.

Corporaciones S

Si eres un propietario de una pequeña empresa que administra tu propia corporación de una sola persona, se te puede requerir que pagues el impuesto estatal del seguro de desempleo sobre tu salario. Como accionista en una corporación S que trabaja en la empresa, eres considerado un empleado. Como cualquier otro empleado que trabaja para le empresa, tienes derecho a recibir los beneficios de desempleo, incluyendo compensación por desempleo. Esto se aplica en tanto que te reportes a ti mismo como un empelado y pagues los impuestos estatales de seguro de desempleo sobre tus sueldos. Al elegir el estatus de corporación S, las pequeñas empresas administradas por propietarios únicos tributan una sola vez. Como accionista, pagas un impuesto a las a la renta sobre la parte de los beneficios que recibes de la empresa. En algunos estados, las personas que tienen un 10 por ciento o más del interés en una empresa no pueden calificar para los beneficios de desempleo.